Mostrando entradas con la etiqueta escuela. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta escuela. Mostrar todas las entradas

viernes, 24 de febrero de 2017

¡Mi cheque esta embargado! Así que no me pueden sacar más dinero en Pensión.

Cualquiera que  sea la parte  obligada a  dar pensión, el padre  o la madre, conyugues, etc. se debe estar  consciente de  que la Pensión Alimenticia  es una obligación de quien debe darlos y un  derecho de quien debe percibirlo.

Partiendo de  esta premisa  entendemos que  siempre  se debe  buscar  el  bienestar  de la persona que debe  recibirlo. Y cuando  se  recurre a los tribunales, porque desean dejar todo por escrito esto será lo  que  buscaran los jueces en  todo  momento.

Ahora bien el título de este  artículo  dice: ¡Mi cheque esta embargado! Así que  no me pueden sacar más dinero en Pensión... nada  más  alejado de la  verdad y  es  que aun cuando la Ley 42 del 2012 de Panamá habla que la pensión debe asignarse en la proporción de la capacidad  del obligado, esto  no es determinante a la hora  de fijar la cuota  de la  Pensión  alimenticia. Y  les pongo  un  ejemplo:
Alguien que cobra $1,000.00  a  razón  de $500.00 por quincena  y  es técnico (a) en computadoras y realiza trabajos fuera de su trabajo  oficial o como le llamamos en Panamá “camarones”

Sus  gastos:
Descuentos legales      100.00
Prestamos p.                200.00
Mueblería, etc.            200.00
Vivienda                      300.00
Total  de gastos  mensuales: $800.00

Digamos que  en este  ejemplo se tienen 3 hijos y la  otra parte  tiene un salario  menor  o no tiene.

Es un error considerar que  porque lo que  le queda  es solo $200.00  no se le  pueda fijar una  pensión  más  alta. Siempre y cuando se pueda  probar  que los  gastos  existen   se puede asignar una cuota en proporción a la necesidad  probada del menor en este  caso.

Seguimos  con el  ejemplo  y  digamos  que  el Juez pauta $ 250.00 al mes en concepto de Pensión alimenticia y  nos  preguntamos  qué  pasa  con las  obligaciones  que  ya se tienen en el cheque, pues la obligación  de alimentos tiene prioridad  sobre otros descuentos. El  Juez podría  fácilmente  enviar la  orden de descuento y primero  se sacaría la  pensión y  el obligado  tendría  que ver como se hace  cargo de  sus  otras  obligaciones .

Ahora  bien es IMPORTANTE  entender  que  no se  puede  utilizar  esto  como  una  forma  de  evadir a los acreedores ya que el Juez analizara todas las circunstancias y en este  ejemplo  el obligado  es técnico y realiza trabajos independientes por los que  recibe  remuneración que le  representa $300.00 al mes, en este caso  el juez puede fijar la cuota de alimentos   sin la  necesidad de realizarlo por descuento directo, ósea el obligado  seguiría con sus  descuentos  habituales que están por $800.00 mensuales  y  se tendría  que realizar el deposito voluntario en la  cuenta  que  se haya  abierto para  ese propósito.

En conclusión debemos  comprender que cuando nos referimos a la Pensión Alimenticia, está  siempre tendrá prioridad en referencia a otros  descuentos, ahora bien; tampoco  se puede  utilizar  como una  forma de  evadir a los  acreedores porque  se puede  fijar la Pensión para  que  sea por medio de depósitos  voluntarios a una  cuenta y para  finalizar  entender que  no se deben buscar maneras para  evitar  pagar pensión ya  que  debemos  ser responsables y pensar en la persona que  debe recibirlos  ya  sea  un  hijo, hija, padres, etc.  

lunes, 13 de mayo de 2013

Cuando la vida te cambia


Cuando la vida te cambia, hay cosas que en la vida no pedimos y quizás no merecemos pero de algo si estoy muy clara es que de cada una de ellas uno aprende; a veces la inocencia nos lleva a confiar mas de lo que deberíamos hasta que boom! nos damos cuenta que no es así como nos imaginábamos que serian las cosas pero algo aprendimos hay que ser mas precavidos y cautelosos al tomar una decisión como en quien poner nuestra confianza ; pero que si lo que nos pasa es la conclusión de algo que si provocamos de hecho estamos seguros que algo de eso nos lo merecemos bueno hasta de eso se aprende y se siente bien saber que la lección mas importante que en esta vida debemos comprender es que esto es como una escuela en donde al final la practica hace al maestro y mirar para atrás y decir yo pase por eso y aquí estoy logre aprender y sigo aprendiendo de mis fracasos y los convierto al final en éxitos. 
Todo depende de la posición que tomes frente a lo que te toque vivir en la vida y la verdad es que no se si quienes lean no crean Dios pero yo si tengo que darle gracias por que me ha dado y me sigue dando fuerzas cada día para poder aprender esta lección de vida que día a día tomamos . 










Entrada destacada

Soy inocente hasta que se compruebe lo contrario.

Soy  inocente  hasta que  se  compruebe  lo  contrario , o el principio  de  presunción de  inocencia, frase  que  hemos  escuchado  o  vis...