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viernes, 24 de febrero de 2017

¡Mi cheque esta embargado! Así que no me pueden sacar más dinero en Pensión.

Cualquiera que  sea la parte  obligada a  dar pensión, el padre  o la madre, conyugues, etc. se debe estar  consciente de  que la Pensión Alimenticia  es una obligación de quien debe darlos y un  derecho de quien debe percibirlo.

Partiendo de  esta premisa  entendemos que  siempre  se debe  buscar  el  bienestar  de la persona que debe  recibirlo. Y cuando  se  recurre a los tribunales, porque desean dejar todo por escrito esto será lo  que  buscaran los jueces en  todo  momento.

Ahora bien el título de este  artículo  dice: ¡Mi cheque esta embargado! Así que  no me pueden sacar más dinero en Pensión... nada  más  alejado de la  verdad y  es  que aun cuando la Ley 42 del 2012 de Panamá habla que la pensión debe asignarse en la proporción de la capacidad  del obligado, esto  no es determinante a la hora  de fijar la cuota  de la  Pensión  alimenticia. Y  les pongo  un  ejemplo:
Alguien que cobra $1,000.00  a  razón  de $500.00 por quincena  y  es técnico (a) en computadoras y realiza trabajos fuera de su trabajo  oficial o como le llamamos en Panamá “camarones”

Sus  gastos:
Descuentos legales      100.00
Prestamos p.                200.00
Mueblería, etc.            200.00
Vivienda                      300.00
Total  de gastos  mensuales: $800.00

Digamos que  en este  ejemplo se tienen 3 hijos y la  otra parte  tiene un salario  menor  o no tiene.

Es un error considerar que  porque lo que  le queda  es solo $200.00  no se le  pueda fijar una  pensión  más  alta. Siempre y cuando se pueda  probar  que los  gastos  existen   se puede asignar una cuota en proporción a la necesidad  probada del menor en este  caso.

Seguimos  con el  ejemplo  y  digamos  que  el Juez pauta $ 250.00 al mes en concepto de Pensión alimenticia y  nos  preguntamos  qué  pasa  con las  obligaciones  que  ya se tienen en el cheque, pues la obligación  de alimentos tiene prioridad  sobre otros descuentos. El  Juez podría  fácilmente  enviar la  orden de descuento y primero  se sacaría la  pensión y  el obligado  tendría  que ver como se hace  cargo de  sus  otras  obligaciones .

Ahora  bien es IMPORTANTE  entender  que  no se  puede  utilizar  esto  como  una  forma  de  evadir a los acreedores ya que el Juez analizara todas las circunstancias y en este  ejemplo  el obligado  es técnico y realiza trabajos independientes por los que  recibe  remuneración que le  representa $300.00 al mes, en este caso  el juez puede fijar la cuota de alimentos   sin la  necesidad de realizarlo por descuento directo, ósea el obligado  seguiría con sus  descuentos  habituales que están por $800.00 mensuales  y  se tendría  que realizar el deposito voluntario en la  cuenta  que  se haya  abierto para  ese propósito.

En conclusión debemos  comprender que cuando nos referimos a la Pensión Alimenticia, está  siempre tendrá prioridad en referencia a otros  descuentos, ahora bien; tampoco  se puede  utilizar  como una  forma de  evadir a los  acreedores porque  se puede  fijar la Pensión para  que  sea por medio de depósitos  voluntarios a una  cuenta y para  finalizar  entender que  no se deben buscar maneras para  evitar  pagar pensión ya  que  debemos  ser responsables y pensar en la persona que  debe recibirlos  ya  sea  un  hijo, hija, padres, etc.  

miércoles, 7 de septiembre de 2016

Proceso de Divorcio por mutuo consentimiento en Panamá.


Cuando se decide disolver el vínculo matrimonial y ambas personas están en acuerdo el Divorcio por mutuo consentimiento es el camino a seguir, solo  se debe  tener en cuenta que  uno de  los  requisitos  para optar por  esta  causal ( que  se encuentra  en el numeral 10 del artículo 212 del Código de la Familia de la República de Panamá) es que  el matrimonio debe tener como mínimo dos años de  celebrado una vez  se cuente con  el  tiempo la documentación  a presentar  al Juzgado  será  el siguiente:

  •          Poder y solicitud de Divorcio
  •          Certificado de matrimonio
  •          Certificado de nacimiento (en caso de tener hijos en el matrimonio)
  •          Certificado de no hijo (en caso de no haber hijos en el matrimonio)
Todas estas certificaciones las emite el Registro civil;

En el caso de haber hijos menores de edad nacidos en el matrimonio se debe adjuntar también:


  •        Acuerdo de Guarda y Crianza
  •        Reglamentación de visitas
  •        Régimen de alimentación

Una vez presentada  la  Demanda con toda  la  documentación  antes  mencionada, al realizarse la  ratificación ya  sea por  el Abogado  o por las  partes  se dará  por  terminado el  vínculo  matrimonial.

Para cualquier consulta estamos a la orden.

Licda. Susseth Dottin Harrison

Consultorio Juridico Dottin 

sdottinh@gmail.com
507 6423-5363

viernes, 10 de abril de 2015

Importancia de la Educación Superior por el Ex Presidente de los EE.UU Bill Clinton


   
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
El miércoles 7 de abril de 2015 en ocasión de la VII Cumbre  de las  Américas en Panamá  estuvo en la UIP (Universidad Interamericana de Panamá) el ex Presidente  de los EE.UU Bill Clinton en  una  Conferencia  donde hablo  sobre la importancia de la Educación Superior. Menciono muchas cosas que llamaron mi atención y  con la que estoy en total acuerdo; y es que la  educación es la única forma de combatir la pobreza.

Y es que aunque  estamos en una  época en la que muchos jóvenes toman en poco la educación; esos pocos que queremos estudiar  debemos ayudar a transmitir la importancia que  tiene la misma y la puertas que la educación abre. Pero  cuando se tiene esa oportunidad de estudiar  no solo  se debe  pensar en el dinero, sino en hacer un cambio en la sociedad, ósea que algo de la oportunidad que tuve debe transformarla en ayuda a los que no tienen, ayuda a la sociedad, ayuda a combatir la  corrupción y en ayuda a combatir la  mala distribución de las  riquezas y  es entonces que comenzaremos a ver cambios en la  sociedad

viernes, 30 de noviembre de 2012

Paternalismo


Bien yo creo y defiendo la idea  de que  el Estado tiene  su razón  de ser cuando  puede procurar  el  bienestar y convivencia  pacifica  de  sus habitantes, pero también pienso que  nos atrasa  el hecho de pensar  que  el Estado tiene que hacer todo  por  nosotros; yo pienso que el objetivo principal del Gobierno debería ser "enseñarles a pescar no darles el pescado" y hay caemos en un tema  importante la educación como la única forma de llegara ser una sociedad desarrollada; claro hay  muchas cosas que son necesarias para lograr esto  pero tenemos (o por lo menos  eso creo yo) que empezar por  enseñarle al pueblo a educarse y ser menos dependientes de los gobernantes.

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